lunes, 10 de noviembre de 2008

Detención ilegal.


Ante las duras confrontaciones que surgen a nivel de partidos políticos, quienes pertenecen a estas agrupaciones han buscado distintas formas de convencer a sus electores de manera tal de motivarlos a creer que ellos son los indicados para detentar el poder que tanto anhelan; así, se han puesto en boga diversos temas que son de preocupación ciudadana con temas tan recurrentes como la superación de la pobreza, la entrega de viviendas a quienes no tienen un techo bajo el cual dormir y varios temas más, que siendo muy atingentes a la realidad social aun así ha habido pocos avances.


Ahora, específicamente hablando me quiero referir al tema que en política han puesto sobre la mesa innumerables veces, recurriendo a él como artilugio propagandístico eleccionario, cual es, el tema de las normas legales creadas para reprimir la delincuencia.


Siempre al haber procesos eleccionarios más de algún postulante al cargo público ha sacado el tema de la seguridad de la ciudadanía, basándose en encuestas basadas en la percepción más que en lo que realmente ocurre a la gente en su realidad, así por ejemplo en numerosas encuestas realizadas se pregunta, para indicar en porcentajes ¿Cuánto es el miedo que la gente tiene a ser victima de la delincuencia?, a lo que el porcentaje de temor se eleva considerablemente, pero si analizamos esta pregunta veremos que está basada en la percepción ya que indaga el índice de “temor” a la delincuencia y no realmente a cuantas veces se “ha sido victima” de ella, caso en los que el índice porcentual disminuye bastante (este tema lo trataremos más acabadamente en otro apartado).


Esta bien, la delincuencia es un problema ante el cual ha nadie le gustaría ser victima, yo no la justifico, es solo que decir esto me sirve para llegar a la cuestión que quiero plantear.

Ante estos índices de temor elevados han justificado la existencia de varias instituciones que han permitido reprimir la sensación de inseguridad, así vemos, por ejemplo la creación de la reforma procesal penal, los cuerpos de seguridad ciudadana, la capacitación de mejores infraestructuras de las policías, la creación de una agenda corta que logra reparar ciertas deficiencias en la ley procesal penal, etc.


Puede parecer bueno todo lo anteriormente señalado, pero existe un punto en el cual quiero poner énfasis ya que es de una importancia elevada que nos atañe a todos, me refiero al tema de la agenda corta que modifica los cuerpos legales del sistema procesal penal.


La mejor forma de explicarlo es primero dándote un ejemplo ilustrativo:


Si una persona sufre una detención en la que se han violado sus garantías fundamentales, quedará en calidad de imputado y será formalizado, pudiendo incluso quedar privado de libertad mientras se investigan los hechos, la calidad de ilícita de la prueba no podrá ser alegada sino hasta la audiencia de preparación del juicio oral, única instancia en que la ley permite excluir pruebas ilícitas, caso en el cual recién en esa instancia se podría conceder la libertad del imputado por no haber pruebas suficientes para continuar el procedimiento en virtud de la declaración de ilicitud de las pruebas presentadas.


Más claramente, si anda un ladrón por los patios de las casas y de pronto lo ves en tu patio, lo primero que haces es llamar a la policía, si ellos concurren a tu domicilio para efectos de atender tu llamado (denominado derecho de petición a la autoridad) ellos al ingresar a tu domicilio con tu autorización van al patio de tu casa y aprehenden al sujeto que ha invadido tu propiedad, pero en ese mismo procedimiento se percatan que en el patio tienes una plantación de especies vegetales resinosas o marihuana, ante lo cual te pueden llevar detenido a ti también por infracción a la Ley 20.000 de Drogas y Estupefacientes, es más, te derivan a un juez de garantía caso en el cual te podrán formalizar ( informarte que se iniciará una investigación en tu contra, el cual tiene como finalidad solicitar la prisión preventiva o alguna medida cautelar), caso en el cual atentan con tu libertad a pesar de que la forma de llevarte a detención fue con prueba obtenida en forma ilícita, ya que la policía al acudir a tu domicilio fue para ver el caso de robo y no un caso relativo a la infracción de la ley 20.000.


Explicándome, las policías deben actuar dentro de los marcos que la ley establece, fijando normas especificas de actuación y teniendo siempre como limite el respeto de las garantías fundamentales, puesto que si bien, el Estado busca defender a la sociedad en la búsqueda de la verdad de persecución punitiva, lo cual es un interés de carácter publico, también lo es el respeto a las garantías fundamentales, las que priman y hacen restrictiva esta labor de investigación.

A pesar de existir prueba ilícita puedes estar detenido hasta que se realice una audiencia de preparación de juicio oral en tu contra, caso en el cual podrás alegar la prueba ilícita y te podrán conceder la libertad.


Esta fue una de las modificaciones que se realizó con la creación de la agenda corta, en la que como te podrás dar cuenta atentan contra tu libertad en cuanto a que a pesar de existir prueba ilícita de todas formas puedes ser sujeto a privación de libertad durante el tiempo de investigación de tu caso, en el que a pesar de todo después te darán la libertad por haber sido obtenida la prueba de forma no permitida por la ley.


Muy bien, tu podrás decir, ah! pero en este caso se infringía la ley al poseer drogas en su domicilio, sí, pero eso no justifica la privación de libertad por un procedimiento realizado con infracción de ley y de garantías fundamentales, lo cual otorga una especie de libertad en la actuación de las policías para seguir cometiendo estos actos.


Acá se ve que la legislación penal no posee un nivel resocializador sino meramente punitivo, en la medida que solo se busca obtener la privación de libertad de cualquier forma, incluso si hay inobservancia de garantías individuales, en las cuales a pesar de existir derechos ciudadanos si estos son violados no se pueden alegar de una forma inmediata sino dentro de un lapso prolongado de tiempo en el cual te encontraras privado de libertad y varios de tus derechos garantizados por la constitución, los tratados internacionales y las leyes.


Así, se ve que a pesar de todas las normas que se creen para resguardar la integridad humana, por motivos políticos se modifica la legislación interna, lo que provoca que estas protecciones sean letra muerta.

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